Gastos de hipoteca, como recurrir

En marzo de 2018, el Pleno del Tribunal Supremo emitió dos sentencias (nº147/2018 y nº148/2018) estableciendo nuevos criterios de indemnización en relación a los gastos de hipoteca.
El Tribunal Supremo emitió dos Sentencias el 15 de marzo de este año 2018 (Sentencias nº147/2018 y nº148/2018 del Pleno del Tribunal Supremo, de 15 de marzo), estableciendo nuevos criterios para la compensación de los gastos de Hipoteca:
     
    • Los consumidores (prestatarios) son responsables del pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), por lo tanto, no se les reembolsará el monto abonado por el impuesto al momento de constituir la hipoteca.

      • En cuanto a los gastos de Notario, Registro y Gestoría, se considera equitativo dividirlos en partes iguales entre el cliente y la entidad. Por lo tanto, el cliente tiene derecho al 50% del monto pagado por estos conceptos.

    La principal consecuencia es que las indemnizaciones para los afectados se reducen en un 80%, que es aproximadamente el porcentaje correspondiente al IAJD dentro de los gastos totales de constitución de la hipoteca.

    Ante esta situación, algunos bufetes de abogados han anunciado que llevarán el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para intentar cambiar este criterio y obligar a las entidades a indemnizar por el pago del impuesto. Sin embargo, este cambio es poco probable y, en todo caso, el resultado es incierto, lo que podría llevar entre uno y dos años resolver.

    RECURRIR GASTOS DE HIPOTECA

    A continuación, se presentan tres estrategias recomendadas para realizar reclamaciones:

       

        1. ESPERAR A LA RESOLUCIÓN EN EUROPA: Esta estrategia es recomendable solo para aquellos afectados cuya reclamación principal sean los gastos de hipoteca y que no quieran renunciar a reclamar el IAJD.

      En este caso, es mejor no presentar una demanda aún y esperar a que se resuelva definitivamente cuál será el criterio establecido por Europa. De lo contrario, se estaría arriesgando la indemnización en relación al IAJD (que representa el 80% de la compensación). Si el juzgado tramita el procedimiento sin esperar la decisión europea y se deniega este concepto, no se podría presentar una reclamación posteriormente aunque los criterios cambien en el futuro.

      Es importante tener en cuenta que la reclamación de nulidad de la cláusula no prescribe según el propio Tribunal Supremo, por lo que no hay un plazo máximo para reclamar, y se puede esperar.

         

          1. PRESENTAR LA DEMANDA EN ESTE MOMENTO: Es recomendable para aquellos afectados a los que el impuesto no representa la mayor parte de la indemnización que recibirán. Por lo general, son aquellos que también tienen otras cláusulas importantes de la hipoteca para reclamar, como la cláusula suelo, multidivisa, IRPH Fijo/Congelado, entre otras.

        En este caso, es mejor presentar una demanda que incluya todas las cláusulas juntas, para ahorrar costos (evitando duplicar los gastos de abogado y procurador) y tener una mayor garantía de que el banco cubra los gastos del procedimiento.

        Es necesario evaluar, según el caso, junto con el abogado, si reclamar solo lo que el Tribunal Supremo ya reconoce, lo que facilitaría el juicio y evitaría tener que esperar a la resolución de Europa y posibles recursos de apelación, o reclamarlo todo, incluyendo el IAJD.

           

            1. OTRAS OPCIONES DE RECLAMACIÓN PARA EL FUTURO: Si finalmente el Tribunal Europeo no decide indemnizar a los consumidores por el impuesto, las cantidades a reclamar por los gastos de la hipoteca podrían ser muy bajas y no compensarían los costos de un litigio judicial.

          Mientras esperamos esta resolución europea, estamos analizando otras vías que sean jurídica y económicamente viables, como las demandas colectivas que permiten agrupar a los afectados contra un mismo banco o recurrir a otros procedimientos no judiciales y menos costosos, para que el proceso legal no sea tan costoso como la propia indemnización.

          Para recibir actualizaciones sobre los avances y las opciones de reclamación viables que descubramos, les invitamos a unirse al grupo de afectados por los gastos de hipoteca. Les mantendremos informados.

          EN RESUMEN

          Tras la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los gastos de hipoteca, existen varias opciones de reclamación disponibles:

             

              1. Esperar a la resolución en Europa: Aquellos cuya principal reclamación sean los gastos de hipoteca y no deseen renunciar a reclamar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), pueden optar por esperar a que se defina el criterio definitivo por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esto evitaría arriesgar la indemnización relacionada con el IAJD, que representa el 80% de la compensación.

              1. Presentar la demanda ahora: Para aquellos afectados a quienes el impuesto no represente la mayor parte de la indemnización a recibir, es recomendable presentar una demanda que incluya todas las cláusulas relevantes de la hipoteca (cláusula suelo, multidivisa, IRPH Fijo/Congelado, etc.) en un solo proceso. Esto permite ahorrar costos y aumentar la probabilidad de que el banco asuma las costas del procedimiento.

              1. Explorar otras vías de reclamación para el futuro: En caso de que el Tribunal Europeo no decida a favor de indemnizar a los consumidores por el impuesto, las cantidades a reclamar por los gastos de la hipoteca podrían ser demasiado bajas para justificar los gastos de un litigio judicial. En este sentido, se están estudiando opciones como demandas colectivas para agrupar a los afectados contra un mismo banco, así como otros procedimientos no judiciales y menos costosos.

            Es importante mantenerse informado sobre los avances y las opciones viables de reclamación. Se recomienda unirse a grupos de afectados de gastos de hipoteca para recibir actualizaciones y asesoramiento adecuado en cada caso.

            Litigal
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            15 comentarios en “Gastos de hipoteca, como recurrir”

            1. Hansel Barroso

              Estoy de acuerdo en esperar a la resolución en Europa, pero también veo válido presentar la demanda ahora. ¿Qué opinan?

            2. Opino que esperar a la resolución en Europa puede ser una buena estrategia si los gastos de hipoteca son tu principal reclamación. #HipotecaGastos

            3. Pingback: Acorralamiento de la banca en 2023 - Litigal España

              1. No estoy de acuerdo. Creo que es importante tomar medidas ahora y no depender de la resolución en Europa. No podemos esperar indefinidamente mientras los bancos siguen beneficiándose de nuestros gastos de hipoteca. ¡Es hora de reclamar lo que es nuestro!

            4. Creo que esperar a la resolución en Europa es una opción arriesgada, pero puede valer la pena si solo buscas reclamar los gastos de hipoteca. #DecisionesDifíciles

              1. Comprendo tu punto, pero también es importante considerar la posibilidad de obtener una resolución justa y equitativa. A veces, tomar decisiones difíciles puede llevarnos a resultados sorprendentes. ¡Buena suerte con tu reclamación! #Aventurados

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